Nuestro derecho a decidir

Our right to decide

Nosso direito de decidir

Cecilia Guadalupe Neubauer[1]

Universidad Nacional Autónoma de México

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Recibido: 01-06-2019
Aceptado: 15-07-2019

 

 

Los defensores de la autoridad temen el advenimiento de una maternidad libre, porque les quitará su presa. ¿Quién va a luchar en las guerras? ¿Quién va a generar riquezas? ¿Quién va a ser de policía, de carcelero, si las mujeres se negaran a criar hijos en forma indiscriminada? ¡La estirpe! ¡La estirpe! grita el rey, el presidente, el capitalista, el cura. La estirpe debe ser preservada, aunque la mujer sea degradada a la condición de mera máquina...

Emma Goldman

 

Ninguno de los miembros de mi generación familiar, llegó a conocer a María, la bisabuela por parte de la familia Neubauer. Ella era la mamá de mi abuela Ana, matriarca de una familia de alemanes del Volga emigrados a la Argentina desde la Rusia revolucionaria. Mi abuela, la mamá de mi padre, fue la mayor de doce hermanos –si mal no recuerdo–, y siempre nos contaba historias de su propia madre María quien, por desgracia, había muerto muy joven. Una cadena de años y de ácido desoxirribonucleico en la sangre trajo consigo al presente sólo ese recuerdo: la bisabuela María era una mujer valerosa y trabajadora, pero que había vivido muy poco tiempo.

Nunca nadie nos había contado de qué había muerto. O tampoco supimos como interrogar ese tema.

Hasta que en una comida de la familia grande una tía mayor, finalmente confesó: la bisabuela había muerto por un aborto clandestino. El silencio que se generó ante ese comentario fue justamente eso: el del nudo en la garganta ante una muerte injusta. Mi bisabuela murió en una Argentina donde la falta de información sobre anticoncepción, derechos reproductivos, derechos sobre el propio cuerpo, parecía ser un tema lejano, fuera de cualquier posibilidad de sociabilidad, aunque si presente: las mujeres también abortaban en la Argentina de los años treinta.

En el marco de los colectivos feministas a los que pertenezco hoy, a casi cien años de la muerte de María, resuenan como ecos al viento las historias de las mujeres de nuestras tribus familiares, que abortaron por muchos y variados motivos. Uno se repite casi sucesivamente: “la pobreza no nos permitía traer más hijos al mundo”. Así, en relato compartido, hoy recibo una herencia de historias de muertes de mujeres jóvenes, y otras de mujeres que tuvieron que acceder a aquella práctica clandestina, como el caso de la abuela de una compañera militante quien conocía al médico del barrio y ante la menor sospecha de un nuevo embarazo pasaba “de visita”.

La cadena de derechos que fueron conquistando las mujeres que me antecedieron, y que me hacen salir a la calle hoy, donde junto con mis compañeras cuestiono las violencias naturalizadas con el paso de la historia, hoy reivindico –y aprendo– a decir no. La lucha por el derecho a decidir sobre mi cuerpo, todo ello quiere ser el punto de partida de una reflexión sobre la necesidad que tenemos como mujeres de nuestras sociedades latinoamericanas de legislar en materia de derechos reproductivos, y específicamente sobre el derecho a abortar, legal, segura y gratuitamente.

Los oleajes de la vida me llevaron a conocer varios países de nuestrAmérica, donde por contextos históricos y encuadres culturales la salud reproductiva de las mujeres y cuerpos gestantes, es hasta hoy, en una pesada deuda de las democracias cercenadas de nuestros países. En una breve historiografía de la lucha por los derechos reproductivos en América Latina, encuentro tres momentos que marcan el norte, para llegar a destino: Cuba, desde 1965, Ciudad de México desde 2007 y Uruguay desde 2012.[2]

 

La marea verde: “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”

En el caso argentino, desde 1921 el aborto se encuentra parcialmente despenalizado mediante un régimen de causales. El artículo 86 del Código Civil Argentino indica que el aborto se encuentra regulado en las siguientes situaciones: cuando constituye un peligro para la vida de la mujer, un peligro para la salud de la mujer y cuando el embarazo es fruto de una violación. Sin embargo, aun cuando la solicitud de la realización de una práctica abortiva sea bajo cualquiera de estas tres causales mencionadas, la realidad es que las mujeres y cuerpos gestantes se encuentran con muchas dificultades al momento de querer abortar. Las presiones de la Iglesia Católica y/o grupos religiosos en el seno de la sociedad, las múltiples herencias autoritarias de la época del terrorismo de Estado en Argentina abonan el terreno para que el no cumplimiento de un derecho, y con ello, la cuasi prohibición de una decisión sobre nuestras corporalidades.

Con la apertura del nuevo milenio, el Estado argentino legisló sobre una serie de temas vinculados a la sexualidad y procreación, por un lado, y años más tarde, sobre la posibilidad de contraer matrimonio entre personas del mismo sexo y, por último, el derecho a la identidad.

Para 2002 la ley 25.673 estipula la creación del Programa de Salud Sexual y Procreación responsable, ámbito legal que abriría posteriormente la sanción en 2006 de la ley 26.150 de Salud Sexual y Reproductiva, reglamentaba a nivel nacional la articulación del derecho de las personas a recibir educación sexual y reproductiva en establecimientos educativos públicos.

Un año antes, en 2005, la conformación de la Campaña Nacional por el derecho al aborto seguro y gratuito, –fundada desde el XVIII encuentro nacional de mujeres en Rosario celebrado en el año 2003–, impulsa desde aquellos años hasta hoy la presentación ante el congreso de la nación un proyecto de legalización del aborto a nivel nacional, o en otras palabras más elegantes, pero que significan lo mismo, de Interrupción Voluntaria del Embarazo (en adelante IVE).

En el año 2012, el fallo F.A.L s/medida autosatisfactiva[3] de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respaldó la interrupción del embarazo a A.G., el 13 de marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil de Trelew, realizado por la médica Stella Manzano. El fallo, indicaba entre otros puntos que “las mujeres tienen derecho a interrumpir su embarazo y que el Estado (entiéndase nacional, provincial y municipal) tiene la obligación de garantizarlo”.[4]  Una intervención histórica de la justicia argentina en materia de salud reproductiva y cuidado del cuerpo de las mujeres.

Recién en 2018, el proyecto logró media sanción en la Cámara Baja, siendo vetado el 08 de agosto del mismo año por el Senado de la Nación.

Las preguntas son muchas, pero se resumen básicamente en dos: ¿cómo seguimos? ¿será o no, el año de la legalización de la IVE en Argentina? El proyecto de ley volvió a presentarse en el recinto parlamentario el pasado 28 de mayo, día internacional de Acción por la Salud de las mujeres (Bajar, 2019) en un nuevo avance en el reconocimiento de una demanda social y de derechos reproductivos para las mujeres y personas gestantes en mi país.

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito
Imagen 1. Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. www.abortolegal.com.ar

El proyecto de IVE impulsa el derecho de las mujeres y de las personas gestantes a acceder a la interrupción del embarazo, a la vez que garantiza derechos reconocidos por la constitución nacional argentina, como el derecho a la dignidad, la vida, autonomía, salud integridad, diversidad corporal e igualdad real de oportunidades. Sólo con el requerimiento de la mujer o persona gestante en caso de cometerse una violación, se encuentren en riesgo de vida o si se comprobara la inviabilidad extrauterina de la vida del feto.

Otro punto fundamental del proyecto de ley es la del consentimiento informado, de todas las mujeres, las niñas menores de edad y de las personas con capacidades restringidas, estas últimas con el sistema de asistencia prevista o por medio de un representante legal. El procedimiento podrá realizarse bajo estos términos hasta la semana 14 de gestación del feto y en un plazo de 5 días corridos a partir de la solicitud.

En este contexto, los centros de salud deben garantizar previa y posteriormente a la práctica, la información correspondiente en cuanto a cuidados, métodos anticonceptivos y de información reproductiva a la vez que acompañamiento terapéutico a les solicitantes. En este marco, el proyecto responsabiliza a las instituciones de salud pública de la consecución de la práctica, sin requerir una autorización judicial previa, realizada por un profesional de la salud, capacitado en perspectiva de género. Este profesional en términos del presente proyecto no estará sujeto a responsabilidad alguna de tipo civil, penal o administrativa derivada de su cumplimiento de la práctica de la IVE, y tampoco podrá objetar conciencia en casos de extrema urgencia o situaciones impostergables. Queda prohibida la objeción de conciencia institucional.

Asimismo, el proyecto de la IVE incluye en su seno la implementación del Programa de Educación sexual Integral (Ley 26.150) implementada desde 2006 y el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (ley 25.673) promulgada desde 2002.

Así, el proyecto establece penas para quienes causaren abortos sin consentimiento a la vez para aquellas autoridades de centros de salud que obstaculizaren los procedimientos solicitados por mujeres o personas gestantes. Establece que el aborto no es un delito y la tentativa de la mujer no es punible. En todo Argentina.

 

Lo que siempre quise saber sobre el aborto (y lo trasformé en pregunta al aire)

En el capítulo 19 de Putita Golosa. Por un feminismo del goce, la feminista, periodista y ensayista argentina Luciana Peker (2017) nos invita a preguntarnos y repreguntarnos sobre las dudas más frecuentes acerca del aborto. Propongo entonces un cuestionario de preguntas abiertas para compartir.

 

1. ¿Por qué el proyecto de ley en Argentina aboga por la legalización o no por la despenalización?

Justamente, a diferencia del proceso uruguayo, que sancionó la despenalización del aborto en 2012, la iniciativa de la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito implica modificar el artículo 86 de la Constitución Nacional de la República Argentina. Si bien existe una legislación vigente, el poder de la Iglesia en la regulación de la vida en sociedad, y los rezagos del autoritarismo heredado del terrorismo de Estado que resurgen junto al retroceso de la democracia encarnada en la gestión de centroderecha del Ingeniero Mauricio Macri, la judicialización de los procedimientos para poder abortar,[5] todo lo anterior constituyen factores que imposibilitan el acceso de las mujeres al procedimiento en centros de salud públicos. El alargamiento de los tiempos de forma deliberada por las direcciones de hospitales, la objeción de conciencia de los médicos profesionales (para quienes el proyecto de ley impulsa la formación de los mismos con perspectiva de género) hacen que abortar sea imposible aún bajo el régimen de las causales mencionadas.

 

2. ¿Por qué se menciona a las “personas gestantes”?

Primero que nada: ¿a quién se considera cuerpo gestante? Se define por tal a aquellas personas con capacidad de gestar que no se reconocen a sí mismas como mujeres como, por ejemplo, los hombres trans. El proyecto de ley en un intento superador de la genitalidad y al mismo tiempo de consideración de los derechos de identidades consideradas no binarias, incluye a las personas gestantes como sujetos de derechos reproductivos. Esto significa una conquista hacia la libertad de sentir y construir deseo por nuestras individualidades. Si bien desde 2012 la ley 26.743 de identidad de género produjo el replanteo de todas las concepciones en cuanto a embarazo y aborto, por aquel momento estandarizadas en cuando a la binariedad femenino-masculino, el proyecto de ley incluye a las personas gestantes y las problemáticas propias vinculadas a necesidades por ejemplo de tratamientos hormonales y cambios en la genitalidad en los cuerpos.

 

3. ¿La clandestinidad del aborto mata?

SÍ, MATA. Según Peker, en Argentina durante 2016 murieron 46 mujeres por embarazos terminados en abortos sin ninguna razón para su muerte. Si el aborto fuera legal, seguro y gratuito, estarían vivas. El gatillo conservador de la clandestinidad quita la vida, y agrego, con un alto contenido de clase, porque quienes mueren son mujeres de bajos recursos, olvidadas por el sistema nacional de salud pública, provenientes de minorías y/o de barriadas pobres, con bajo nivel de escolarización y de conocimiento en métodos de planificación familiar y de anticoncepción. En la Ciudad de México quedó altamente demostrado la disminución a cero de muertes relacionadas al aborto con la práctica hasta la fecha de 209 mil 359 interrupciones legales de embarazo (Peker, 2018, pág. 163).[6]

 

  • 4. ¿Hay que pelear por una ley de aborto legal, seguro y gratuito?

SÍ, porque es un tema de salud pública. “El modelo legal actual cercena la autonomía de las mujeres sobre sus propios cuerpos, y depende de la opinión de profesionales para la resolución de una situación personal que se transforma en una especie de tutela sobre los cuerpos de las mujeres”, señala el ginecólogo Daniel Teppaz, coordinador del área de Salud Sexual y Reproductiva de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina (Peker, 2018, pág. 300).

 

El feminismo me abraza y demanda mi derecho a decidir

Que en estos tiempos el diálogo público ponga en la mesa el debate sobre el aborto legal, seguro y gratuito está íntimamente relacionado con ellas. Todas ellas –y algunos de ellos también– me abrazan, me invitan a tomar la calle, llenarla de cantos, reivindicaciones, sonrisas y gritos. Alguna vez en el salón de clases donde dicto una materia para la carrera de Ciencias de la Comunicación en la UNAM, una alumna me preguntó:

- Disculpe profe, ¿usted es feminista?

A lo que respondí:

. Creo que todas somos feministas, pasa que algunas todavía no lo saben.

 

Creo en la apertura a pensarnos tomando las riendas de todo tiene que ver con ellas, las que acompañan, las que no cuestionan, las que se arriesgan. En este contexto de lucha por la legalización del aborto Ellas son “La Revuelta”, una colectiva que dio origen al movimiento de Socorristas en Red. Feministas que abortamos.[7] Dicho espacio, en consonancia con el protocolo de la Organización Mundial de la Salud, informa y acompaña a mujeres y personas gestantes que deciden “interrumpir embarazos no viables para ese momento de sus vidas, de manera segura y cuidada.”[8]

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito
Imagen 2. Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. www.abortolegal.com.ar

El acompañamiento toma otro sentido, el socorro, deja de ser una cuestión propia de una advocación de la virgen María. El sentimiento es nuevo: “El socorro era el lugar que alejaba el recuerdo de ese aborto inseguro, lleno de desinformación y miedo. Me di cuenta de que quería ser para ellas, la mujer con quien me hubiese gustado encontrarme. Quería hacerles saber que hay otras maneras en que se puede abortar, pero acompañada, cuidada, respetada”.[9] El socorro rompe con la indiferencia, nombra, pone palabras e instala en el espacio nuevos sentidos, pone en práctica una acción de cuidado completa”. El socorro es construir feminismos libertarios, colectivos, pero no por ello arriesgados, pero a la vez tranquilizadores.[10]

Ellas también son la Red de profesionales de la salud en la Red de Acceso al aborto seguro en Argentina, surgido el 28 de septiembre de 2014, día de lucha por la despenalización y legalización del aborto en América Latina y Caribe. Con voz propia, esta red de profesionales de la salud tuvo, en el marco de la discusión del proyecto de ley en 2018, 32 intervenciones en la cámara de diputados, sobre las instancias de acompañamiento a quienes tomaron la decisión libre de interrumpir un embarazo no deseado, en un intento de convertir paulatinamente al sistema de salud pública en parte de la solución, y no del problema.

Ellas son quienes llevaron adelante la creación de la primera diplomatura en Educación sexual integral en la Universidad de Buenos Aires (UBA), en consonancia con la urgente implementación de la Ley de Educación Sexual Integral con aplicación en todos los establecimientos educativos del país, sancionada en 2006. Su intención: problematizar la mirada biomédica y moralizante de instituciones como la Iglesia y grupos religiosos en la educación de los adolescentes y jóvenes del país. El objetivo: poner a disposición todo el corpus de investigación que tiene el equipo de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (Filo-UBA), en diálogo con las experiencias de docentes que ya están llevando adelante proyectos de educación sexual integral. “Y también dar lugar a las inquietudes e interrogantes que se van abriendo y que esperamos puedan ser traídos a las clases porque, como siempre decimos, el proyecto de la ESI está en pleno desarrollo” (El Grito del Sur, 2019).[11]

Y Ellas exigen tomar en cuenta otros feminismos construidos desde la contra hegemonía, por fuera de la concepción del Estado liberal. Es el caso de “Indias de pie”, creado en enero de este año como colectivo de mujeres indígenas y disidencias mapuches y qom, radicado en varias zonas de la periferia de Rosario. “Indias de Pie” reclaman la elaboración de protocolo de IVE en sus propias lenguas originarias, de modo que una mujer indígena pueda entender conforme a su cosmovisión y espiritualidad, decidir libremente interrumpir el embarazo en total libertad.[12]

 

La marea verde es más tsunami que meandro

Somos las nietas de las brujas que no pudieron quemar,
somos los colores de los lápices que no pudieron matar.
Tomamos las calles y las hacemos nuestras,
gritamos bien fuerte y agitamos banderas.
No te calles nunca mujer compañera,
conquista derechos y vuélvete eterna.

[Fragmento de una canción coreada en las marchas de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, se desconoce su autoría].

 

Al ingresar a la página web de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, los ecos de la demanda han superado bien la idea de que es un tema intrínsecamente de la esfera femenina. Si bien el debate sobre la legalización del aborto voluntario convoca a toda la sociedad, resulta más que destacable la densa trama generacional tejida por jóvenes y adolescentes que impulsan de manera cotidiana –con el pañuelo verde a modo de estandarte–, y el entramado con generaciones anteriores, unidas en relato de una vivencia que en muchos casos finalizó en muerte. “La marea verde se forjó al calor del intercambio de experiencias entre distintas generaciones e identidades, alimentadas por las demandas estudiantiles por la implementación de la ley de educación sexual integral, parte integral de la triple consigna de la Campaña”.[13]

En un contexto especial, dado que es año electoral, la presentación del proyecto de IVE el 28 de mayo del presente año, abre una nueva oportunidad a les legisladores nacionales de convertirse en reflejo de una demanda de más de la mitad de la sociedad argentina, a la vez de priorizar la salud, la vida y autonomía de las mujeres y personas gestantes por sobre sus creencias personales, morales y religiosas, propias de un Estado Laico.

 

Por una maternidad elegida y por lo tanto deseada.

 

Por la libertad de los cuerpos.

 

Educación sexual para descubrir. Anticonceptivos para disfrutar. Aborto legal para decidir.

 

Notas:

[1] Quiero agradecer profundamente a Hazel Dávalos por la oportunidad de formar parte de este Dossier. Mi colaboración en el mismo responde a una serie de inquietudes y reflexiones que exceden el terreno académico: no soy bióloga, ni médica, ni abogada de formación. Soy una mujer historiadora, con la riqueza que otras mujeres todavía hoy no tienen: la socialización y el aprendizaje de estos saberes con otras mujeres, compañeras, cuerpos gestantes. Conocimiento construido desde la clandestinidad y el silencio, no sólo del Estado, sino también de sus teóricos.

[2] Sobre la despenalización del aborto en Uruguay, véase  https://harta.uy/despenalizacion-aborto-uruguay/. Consultado el 18 de abril de 2019.

[3] La sigla F.A.L. responde a la querellante, la madre de la menor A.G.

[4] Fallo F.AL. s/medida autosatisfactiva. La sentencia puede verse de forma completa en el sitio web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Argentina: http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires--medida-autosatisfactiva-fa12000021-2012-03-13/123456789-120-0002-1ots-eupmocsollaf. Consultado el 08 de julio de 2019.

[5] A modo de ejemplo (tristísimo, por cierto) el caso de una niña abusada sexualmente por la pareja de su abuela, en la conservadora provincia de Tucumán, fue obligada a practicársele una cesárea (Carbajal, 2019).

[6] Para más datos sobre la situación en México, véase (Gómez Flores, 2019).

[7] Para más datos: https://socorristasenred.org/

[8] De la misma página:  https://socorristasenred.org/quienes-somos/ consultada el 20 de abril de 2019.

[9] Ibíd.

[10] Ibíd.

[11] Actualmente, la inscripción a la diplomatura excedió todas las expectativas. Cuatrocientos treinta inscriptos y más de ciento cincuenta personas en lista de espera.

[12] La discusión debe involucrar la construcción de feminismos vinculados a las raíces indígenas, como el caso mencionado (Alba, 2019).

[13] Sitio web de la Campaña Nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito. http://www.abortolegal.com.ar/cita-verde-en-el-congreso, consultada el 01 de mayo de 2019.

 

Referencias bibliográficas:

  • Alba, L. (12 de abril de 2019). “Las mujeres indígenas somos las primeras aborteras”. Página 12. Obtenido de https://www.pagina12.com.ar/186554-las-mujeres-indigenas-somos-las-primeras-aborteras
  • Bajar, S. (11 de abril de 2019). El proyecto de legalización del aborto se presentará el próximo 28 de mayo. La Izquierda Diario. Obtenido de http://www.laizquierdadiario.com/El-proyecto-de-legalizacion-del-aborto-se-presentara-el-proximo-28-de-mayo?utm_content=buffer9f86d&utm_medium=social&utm_source=facebook.com&utm_campaign=buffer&fbclid=IwAR3WjldN9QitVdlj6YCHXo3qPpeJ7rpOVqKMigiJaXFSFoAtXukp
  • Carbajal, M. (28 de febrero de 2019). La trama urdida para dilatar la violación de la niña tucumana. Página 12. Obtenido de https://www.pagina12.com.ar/177619-la-trama-urdida-para-dilatar-la-violacion-de-la-nina-tucuman
  • Colectivo La Ciega. (2018). Aborto: ¿Cómo estamos luego del rechazo del proyecto que proponía la legalización y la despenalización? La Plata. Obtenido de https://issuu.com/laciega/docs/la_ciega_-_aborto_enm2018_pdf?embed_cta=read_more&embed_context=embed&embed_domain=www.abortolegal.com.ar&embed_id=33323659%25252F60757946
  • El Grito del Sur. (19 de abril de 2019). Lanzan la primera diplomatura en Educación Sexual Integral en la UBA. El Grito del Sur. Obtenido de http://elgritodelsur.com.ar/2019/04/diplomatura-educacion-sexual-integral-uba.html?fbclid=IwAR0JokGMn_rHRuWX1FK7Nx6DBPWkrDDzNqc3feQ5fBSvOhW9QCix0CrQxz0
  • Gómez Flores, L. (24 de abril de 2019). En 12 años, cero muertes de mujeres que cesaron su embarazo. La Jornada. Obtenido de https://www.jornada.com.mx/2019/04/24/capital/028n1cap?fbclid=IwAR2YLEBZAU1xZMWQW0l-N6JazcsXIjecxgKZGHeArG1cFnuaPB4s7oJs0NU
  • Ley 25.673 Programa de Salud Sexual y Procreación responsable. (2002). Obtenido de http://feim.org.ar/wp-content/uploads/2017/05/Ley_Programma_de_Salud_Sexual_Procreacion-Responsable_Doc.pdf
  • Ley 26.150. Programa Nacional de Educación Sexual Integral. (2006). Obtenido de https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26150-121222/texto
  • Ley 26.743 de Identidad de Género. (2012). Obtenido de https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/ley_26.743_de_identidad_de_genero.pdf
  • Marina, M. (2011). Educación Sexual Integral: para charlar en familia. Cuanto más sepan, mejor. Buenos Aires: Ministerio de Educacion de la Nación. Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Obtenido de http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/documentos/EL002897.pdf
  • Ministerio de Salud. (2015). Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo. Buenos Aires: Ministerio de Salud de la Nación. Obtenido de http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000000875cnt-protocolo_ile_octubre%202016.pdf
  • Peker, L. (2018). Putita golosa: por un feminismo del goce. Buenos Aires: Galerna.

 

Cómo citar este artículo:

NEUBAUER, Cecilia Guadalupe, (2019) “Nuestro derecho a decidir”, Pacarina del Sur [En línea], año 11, núm. 41, octubre-diciembre, 2019. ISSN: 2007-2309. Dossier 22: Movimientos, grupos, colectivos y organización de mujeres.

Consultado el Jueves, 28 de Marzo de 2024.

Disponible en Internet: www.pacarinadelsur.com/index.php?option=com_content&view=article&id=1790&catid=67